Para cada línea, el plan deberá establecer programas, proyectos, responsables, cronogramas, metas, requerimientos presupuestales, fuentes de financiación y mecanismos de articulación entre los niveles nacional, regional y territorial.
Capacidades para anticipar y responder
Como parte de la preparación frente a los incendios forestales, el país fortalece su capacidad aérea con la adquisición de dos helicópteros Firehawk para la Fuerza Aeroespacial Colombiana, con una inversión de $149.836 millones. Estas aeronaves permitirán ampliar las operaciones de control del fuego, incluso en condiciones de alta complejidad y durante la noche.
A esta capacidad se suman 21 cuerpos de bomberos indígenas, dos campesinos y uno forestal raizal, integrados por 510 unidades operativas. La UNGRD también proyecta formar y dotar 24 nuevos cuerpos de bomberos étnicos, con 360 integrantes especializados y una inversión de $2.895 millones.
La entidad ha destinado más de $24.286 millones para fortalecer las capacidades de respuesta ante incendios forestales en ocho departamentos priorizados y $9.460 millones adicionales para acciones de reducción del riesgo en la Amazonía.
Asimismo, la UNGRD implementó nueve Sistemas de Alerta Temprana y avanza en la puesta en marcha de 37 adicionales, de los cuales 13 estarán orientados específicamente a la prevención de incendios forestales. Estas herramientas permitirán monitorear las amenazas, generar información oportuna y reducir los tiempos de reacción de las autoridades y las comunidades.
Recursos para ejecutar las medidas
El Gobierno nacional, a través del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, podrá realizar los traslados presupuestales necesarios para financiar las actividades contempladas en el Plan de Acción Específico para la Recuperación.
El decreto también crea la subcuenta temporal “Fenómeno del Niño 2026-2027”, administrada por el Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, para atender el riesgo y sus posibles efectos. Esta podrá recibir recursos del Presupuesto General de la Nación, aportes de entidades públicas nacionales y territoriales, onaciones nacionales e internacionales y otras fuentes autorizadas.
Durante la vigencia de la declaratoria se aplicará el régimen especial previsto en el Capítulo VII de la Ley 1523 de 2012. Las entidades públicas, privadas y comunitarias podrán adoptar, dentro de sus competencias, las acciones técnicas, administrativas y presupuestales necesarias para la reducción del riesgo, la preparación para la respuesta, el manejo de las emergencias y la recuperación, bajo la coordinación de la UNGRD.
Con esta decisión, el Gobierno nacional fortalece la capacidad de anticipación y respuesta frente a los efectos previstos de El Niño 2026-2027, con prioridad en la protección de la vida, el acceso al agua, la seguridad alimentaria, la salud pública, la continuidad del servicio de energía y la protección de los ecosistemas.