Actualización: Julio 26 de 2022

Contratación Subcuenta Covid19

En cumplimiento a lo establecido en el Decreto 559 de 2020, los contratos suscritos con el FNGRD- Subcuenta para la Mitigación de Emergencias -COVID-19, se desarrollan bajo el régimen de contratación entre particulares, es decir, que los contratos y acuerdos se rigen por las normas establecidas en la ley civil o comercial.

La UNGRD, en su calidad de ordenadora del gasto del FNGRD y determinadora de la contratación, adelanta todo el proceso precontractual para la adquisición de bienes, obras y servicios hasta el proceso de adjudicación del contrato.

Por su parte, Fiduprevisora S.A. quien funge como vocera, administradora y representante legal del FNGRD, adelanta previa instrucción del ordenador del gasto de la UNGRD, el proceso de elaboración y suscripción de los contratos, legalización, pago y publicación de los mismos.

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Procesos precontractuales

La información relacionada con la etapa precontractual de los contratos estructurados por la Subcuenta con los diferentes proveedores, reposa en la página web de la UNGRD, la cual es de acceso libre.

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Procesos contractuales

La información relacionada con la etapa contractual y de pagos la puede consultar en el siguiente link.

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