RESPUESTA A PETICIONES RECONOCIMIENTO APOYO ECONÓMICO DE MILLÓN QUINIENTOS
MUNICIPIO DE MAGANGUÉ (BOLÍVAR) Resolución No. 074 de 2011 - Cumplimiento Sentencia T-648
de 2017 (Resolución No. 840 de 2014).​


La Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres – UNGRD, de conformidad a lo establecido en el artículo 22 de la ley 1755 de 2015, se permite dar respuesta a todos los peticionarios de los municipios de Magangué (Bolívar) que solicitan el auxilio económico de $1.500.000 sin ser beneficiarios del mismo, que con base a los listados enviados y avalados por los Consejos Territoriales de Gestión del Riesgo de Desastre, en cumplimiento de la Sentencia T-648 de 2013,  NO fueron aprobados para recibir la ayuda económica conforme al procedimiento administrativo establecido en la Resolución No. 840 de 2014.
 
PETICIONARIOS NO REPORTADOS COMO DAMNFICIADOS DIRECTOS DE LA SEGUNDA TEMPORADA DE LLUVIAS DE 2011
 
Debido a que la administración municipal de Magangué - Bolívar, no los reportaron en las planillas como damnificados directos,  de los eventos hidrometereológicos acaecidos para la segunda temporada de lluvias de 2011 (01 de septiembre al 10 de diciembre de 2011), para efectos de recibir el apoyo económico contenido en la Resolución No. 074 de 2011, conforme al procedimiento administrativo establecido en la Resolución No. 840 de 2014 el cual dio cumplimiento a la Sentencia T-648 de 2013, NO hay lugar a que se les reconozca la referida subvención, considerando que la actuación administrativa quedó concluida en el municipio de Magangué - Bolívar, mediante la expedición de la Resolución  No. UNGRD 1688 de 2015, la cual  reconoció la calidad de damnificados directos a 4062 jefes de hogar en este municipio, e igualmente la Corte constitucional mediante Auto 457 de 2015 reconoce el cumplimiento de la Sentencia T-648 de 2013 por parte de la UNGRD.
 
De otra parte,  es relevante informarles que las personas que se encuentran registradas en la Base de Datos de "Reunidos" que administra esta entidad cuyo censo fue adelantado por el DANE y del cual aportan las tirillas con los números de formulario, corresponde a las familias afectadas por el Fenómeno de La Niña ocurrido entre el 10 de abril de 2010 al 30 de junio de 2011 y NO al reporte de damnificados de la segunda temporada de lluvias de 2011, para el que se otorgó la ayuda económica establecida en la Resolución No. 074 de 2011, la cual se rehízo mediante la expedición de la Resolución 840 de 2014.
 
PETICIONARIOS QUE FUERON EXCLUIDOS EN EL MARCO DEL DESARROLLO DE LA ACTUACION ADMINISTRATIVA
 
Considerando que la administración municipal de Magangué - Bolívar, NO brindó aclaración a esta entidad sobre cada uno de los casos particulares presentados, dentro del término establecido de diez (10) días, contados luego de la visita administrativa realizada en esta municipalidad el  24 de agosto del 2015, y que la actuación administrativa quedó concluida con la expedición de las Resolución No. UNGRD 1688 de 2015 (Magangué - Bolívar),  que se encuentra en firme y debidamente ejecutoriada, NO hay lugar a que se le reconozca la referida subvención.
 
Respecto a lo informado anteriormente, a continuación se relacionan las respuestas que ha remitido esta entidad a los peticionarios con el listado de los mismos, las cuales fueron enviadas a la Alcaldía, La Defensoría del Pueblo y la Personería en el municipio Magangué – Bolívar: