En condiciones climatológicas normales, la segunda temporada de lluvias en
Colombia suele presentarse entre mediados de septiembre y diciembre, con
mayores precipitaciones durante octubre y noviembre, especialmente en
departamentos de las regiones Andina, Caribe y Pacífica.
Sin embargo, de acuerdo con información del Instituto de Hidrología,
Meteorología y Estudios Ambientales (IDEAM), durante julio y agosto se
registró un marcado déficit de lluvias en amplios sectores de estas regiones,
condición que se extendió durante las primeras semanas de septiembre. Este
escenario estuvo acompañado de temperaturas máximas históricas en zonas
de Tolima, Risaralda, Antioquia, Cesar, La Guajira y Norte de Santander.
Los organismos internacionales de monitoreo climático también prevén que El
Niño continúe consolidándose durante las próximas semanas y alcance su
mayor intensidad hacia finales de 2026. Este escenario podría generar una
disminución de las lluvias y un aumento de las temperaturas en buena parte
del territorio nacional, especialmente en las regiones Andina, Caribe y Pacífica.
En consecuencia, se prevé que durante la segunda temporada de lluvias los
acumulados de precipitación se ubiquen por debajo de los promedios históricos
esperados para el último trimestre del año.
No obstante, la UNGRD advierte que esta disminución no elimina la posibilidad
de eventos hidrometeorológicos. Durante este periodo pueden presentarse
lluvias intensas y de corta duración, acompañadas de tormentas eléctricas.
En zonas afectadas por incendios forestales, la pérdida de cobertura vegetal y
las alteraciones en la capacidad de infiltración del suelo pueden favorecer la
escorrentía, la erosión y el arrastre de materiales. Estas condiciones podrían
aumentar la probabilidad de crecientes súbitas, avenidas torrenciales y
movimientos en masa.
Por esta razón, la UNGRD hace un llamado a gobernadores, alcaldes,
autoridades ambientales y coordinadores departamentales y municipales de
gestión del riesgo para que fortalezcan de inmediato sus planes de prevención,
preparación y respuesta. También se insta a las entidades públicas y privadas
a fortalecer sus planes de gestión del riesgo de desastres teniendo en cuenta
los parámetros establecidos en el Decreto 2157 de 2017.
La Circular 085 establece 38 acciones, entre las que se encuentran:
- Actualizar los escenarios municipales y departamentales de riesgo por
movimientos en masa, inundaciones, crecientes súbitas, avenidas
torrenciales y vendavales. Estos análisis deben considerar la posibilidad
de lluvias intensas y de corta duración sobre zonas afectadas por
incendios forestales.
- Monitorear las cuencas y microcuencas, especialmente aquellas con
antecedentes de eventos asociados a condiciones lluviosas.
- Identificar e intervenir puntos críticos de riesgo para proteger la vida y
la seguridad de las personas, los animales de compañía, los animales de
producción y la fauna silvestre.
La UNGRD también instó a las entidades que integran el Sistema Nacional de
Gestión del Riesgo de Desastres (SNGRD) a ejecutar las acciones de
conocimiento, reducción y manejo necesarias para proteger a las comunidades
y sus medios de vida.
Las autoridades territoriales, entidades operativas y sectores productivos
pueden consultar la circular 085 de 20026 y su anexo técnico.