El máximo Tribunal de la jurisdicción ordinaria, reiteró que los jueces de El Banco Magdalena, desconocieron la sentencia T – 648 de 2013, proferida por la Corte Constitucional y la resolución 840 de 2014 que expidió la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, para rehacer la actuación administrativa a la que debían acogerse los municipios para que los damnificados accedieran a la ayuda, conforme a la orden de la Corte.
De esta forma, se ratifica lo expresado por la UNGRD en los diferentes despachos judiciales, en los cuales han pretendido tramitar desacatos de fallos de tutela sin tener en cuenta la sentencia de la Corte Constitucional, lo que ha generado la protección de los recursos del Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, los cuales pretendían ser reconocidos sin el lleno de los requisitos de ley.
Tan sólo para el caso del Banco Magdalena, esta decisión a favor de la Entidad, implica el ahorro de más de 7 mil millones de pesos para el Estado y la evidencia tangible al respecto de la responsabilidad y voluntad del Director de la UNGRD, de hacer entrega de dichos subsidios únicamente a las personas que realmente resultaron afectadas y cumplieron con todos los requisitos para solicitar dicho trámite de ayuda.